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Actualidad

Al respecto de la actualización de la información relacionada con las filtraciones de agua en el sótano de una casa de San Juan de la Rambla, y tras un primer comunicado hecho público el día 29 de noviembre de 2020, el Grupo de Gobierno comunica lo siguiente:

1.- El día 20 de noviembre de 2020 se presenta escrito en el Ayuntamiento por parte del abogado de la familia propietaria de la casa, solicitando, literalmente, lo siguiente: “(…) se acuerde la inmediata reparación de los daños provocados en la vivienda de mi mandante, así como el arreglo de la fuga de la tubería, además solicitamos que venga un perito para que valore todos los daños que se han producido en la vivienda (…)”

2.- Con fecha 1 de diciembre de 2020 se remite Oficio a D. Juan Agustín Siverio González (Concejal responsable en abastecimiento y evacuación de aguas hasta el día 11 de noviembre de 2020) donde se le requería que informara sobre los dos extremos siguientes:

“Primero.- Que informe y comunique por escrito a esta Tenencia de Alcaldía todas las actuaciones realizadas por la Concejalía delegada en Vd. con la finalidad de averiguar si el origen de las humedades aparecidas en la vivienda situada en la Calle Antonio Ruiz Borges Nº5 procedían de una fuga de agua de la red municipal de abastecimiento.

Segundo.- Que informe y comunique si, además del contrato menor formalizado con la empresa FCC AQUALIA, S.A. a través del ACUERDO adoptado por la Junta de Gobierno Local el día 8 de noviembre de 2019, se ha procedido a la contratación de alguna empresa con la finalidad de averiguar el origen de las humedades referidas, pues no consta expediente alguno de contratación en las dependencias municipales.”

3.- El día 2 de diciembre de 2020, el Grupo de Gobierno del Ayuntamiento y los Técnicos municipales se reúnen con el representante de la empresa FCC AQUALIA, S. A. a efectos de recabar toda la información posible sobre las actuaciones realizadas con el fin de determinar el origen de las filtraciones en el sótano de la casa del casco de San Juan de la Rambla. En este sentido, se manifiesta, entre otras cuestiones, por parte del representante de la empresa, lo siguiente:

– La única contratación administrativa con FCC AQUALIA, S.A. es la correspondiente con el ACUERDO de la Junta de Gobierno Local de 8 de noviembre de 2019.

– El informe derivado de la contratación anterior se lo habían remitido a D. Juan Agustín Siverio González (Concejal con delegaciones en materia de Abastecimiento y Evacuación de aguas).

– El día 24 de octubre de 2020 son avisados verbalmente por D. Juan Agustín Siverio González para que acudan a intentar averiguar el origen de la fuga que afecta a la casa del casco.

– El día 5 de noviembre de 2020 se le envía un Whatsapp (vídeo) con la información recabada a D. Juan Agustín Siverio González.

  • Las actuaciones anteriores no fueron objeto de contratación administrativa por la Concejalía competente.

4.- El día 12 de diciembre de 2020 se presenta en el Ayuntamiento escrito por parte de D. Juan Agustín Siverio González donde expone, literalmente, lo siguiente:

“JUAN AGUSTÍN SIVERIO GONZÁLEZ, concejal del Ayuntamiento de San Juan de la Rambla con domicilio en casas consistoriales, ante el Ayuntamiento de San Juan de la Rambla, comparezco y EXPONGO:

 1.- La primera vez que el ayuntamiento es informado de que existen roturas en la vía que pueden estar afectando a una vivienda del casco sita en la calle Antonio Ruiz Borges se recibe de forma telefónica a finales de agosto. Solo por registro de entrada el día 12 de noviembre.

En los días, semanas y meses posteriores, en repetidas ocasiones, el encargado y el propio concejal acudimos a la vivienda, los fontaneros recorren todas las calles de la zona, revisando con el geófono y reparando, primero una rotura en el contador y posteriormente otra pequeña rotura en la trasera de la vivienda.

2.- Efectivamente se cambia una válvula de la arqueta situada al inicio de la calle, esta pieza había ya sido pedida bajo la supervisión de mi persona y colocada a los pocos días de haberse retirado la tenencia de alcaldía  y las competencias a los dos ediles de AUP-SSP. Después de todas estas actuaciones el problema persiste.

3.- Efectivamente, el único estudio hecho, no es para una zona particular sino para todo el casco. Este estudio es un documento público accesible desde el portal de transparencia. Se siguen las pautas que marca el mismo, ejecutando el propio ayuntamiento el cambio de diferentes tramos de la red a lo largo de los últimos meses.

Recordar el lamentable estado de la red en el municipio y sobre todo en el casco de San Juan y las diferentes e importantes actuaciones que desde la concejalía de aguas de la que era responsable han resuelto ya importantes daños en viviendas afectadas y reducido las pérdidas notablemente. Es por ello, que se redactó un proyecto para su ejecución precisamente en las calles Antonio Ruiz Borges, La Marina y Obispo Pérez Cáceres, documento accesible desde el portal de transparencia.

4.- Desde un primer momento se actúa por parte del Ayuntamiento y se hace un seguimiento de la situación para resolverlo lo antes posible. Lamentablemente la situación a día de hoy no se ha resuelto.

Por lo expuesto,

SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE SAN JUAN DE LA RAMBLA, que por presentado este escrito y se sirva admitirlo.

San Juan de la Rambla a 10 de diciembre de 2020”

5.- El Grupo de Gobierno del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de San Juan de la Rambla, en relación al escrito de D. Juan Agustín Siverio González, manifiesta lo siguiente:

  1. a) D. Juan Agustín Siverio González ha sido desde el inicio del presente mandato Primer Teniente de Alcalde y Concejal delegado de Servicios Municipales con competencias en el Abastecimiento y Evacuación de Aguas hasta el día 9 de noviembre de 2020.
  2. b) D. Juan Agustín Siverio González omite en su escrito de fecha 10 de diciembre de 2020, el encargo verbal realizado a la empresa FCC AQUALIA, S.A. dirigido a localizar la fuga que presuntamente causaba las filtraciones en la casa del casco de San Juan de la Rambla.
  3. c) D. Juan Agustín Siverio González no ejecutó mientras ostentó las delegaciones citadas, según la Oficina Técnica Municipal, un Proyecto redactado por la Oficina Técnica Municipal redactado en octubre de 2019 y modificado/ampliado en abril de 2020, con la denominación “SUSTITUCIÓN DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE EN LAS CALLES: OBISPO PÉREZ CÁCERES, LA MARINA, ANTONIO RUIZ BORGES Y LA MALAYA” que, además, estaba presupuestado y contaba con el crédito municipal suficiente para desarrollarlo.
  4. d) D. Juan Agustín Siverio González únicamente desarrolló parcialmente durante la duración de sus delegaciones algunas actuaciones contempladas en el informe de la empresa FCC AQUALIA, S. A. del año 2019.

6.- El día 11 de diciembre de 2020 se le notifica al abogado de la familia Oficio de fecha 3 de diciembre de 2020 que transcribe literalmente, lo siguiente:

“Visto su escrito de fecha 20-11-2020, con R.E.Nº. 5145/20-11-2020, en el que solicita que se acuerde la inmediata reparación de los daños provocados en la vivienda de su mandante, D. Félix Manuel Pérez Martín, por las inundaciones, humedades y charcos que se producen en la misma como consecuencia de una fuga de agua municipal, tengo a bien comunicarle que el artículo 67.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece lo siguiente:

“(…) en la solicitud que realicen los interesados se deberán especificar las lesiones producidas, la presunta relación de causalidad entre éstas y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, y el momento en que la lesión efectivamente se produjo, e irá acompañada de cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos y de la proposición de prueba, concretando los medios de que pretenda valerse el reclamante.”

Es decir, la carga de la prueba la tiene el reclamante, quien deberá acreditar que existe nexo causal entre el daño producido (humedades de la vivienda) y el funcionamiento de un servicio público municipal, (que dichas humedades son consecuencia de la rotura de una tubería municipal) esencial para poder apreciar la responsabilidad de esta Administración.

Lo que le traslado a efectos de que pueda acreditar lo expuesto anteriormente para poder llevar a cabo la tramitación del oportuno expediente (…)”

7.- Finalmente, y a la espera de la acreditación antes reseñada, este Grupo de Gobierno municipal quiere manifestar:

Que desde que tuvo conocimiento de las filtraciones en la casa del casco de San Juan de la Rambla (12 de noviembre de 2020)  ha desarrollado múltiples actuaciones relacionadas con la reparación de fugas en el entorno de la casa situada en la Calle Antonio Ruiz Borges.

Concretamente:

  • Se sustituyó una válvula en la Avenida La Libertad
  • Se arregló una fuga en una tubería situada en la esquina de la Calle Obispo Pérez Cáceres con la Avenida La Libertad
  • Se arregló una fuga en una tubería situada en la Avenida La Libertad frente al Banco Santander
  • Realización de catas perimetrales

Además de lo anteriormente expuesto, distintos Concejales del Grupo de Gobierno, acompañados de Técnicos Municipales y Operarios, han visitado la casa a efectos de poder determinar el origen de las filtraciones pues es una preocupación constante de la Corporación la situación que está viviendo la familia propietaria de la casa.

Esperando que puedan solucionarse los problemas derivados de las filtraciones a la mayor brevedad posible, una vez concluya el expediente en tramitación, les seguiremos informando a través de esta vía.

Grupo de Gobierno de la Villa de San Juan de la Rambla.